lunes, 10 de mayo de 2010
LA ESCUELA DE GRAMÁTICA FUNDADA POR EL AYUNTAMIENTO DE BELCHITE EN 1757
LA ESCUELA DE GRAMÁTICA FUNDADA POR EL AYUNTAMIENTO DE BELCHITE EN 1757
En el legajo 8.445 de la documentación correspondiente a los Agustinos Calzados de Belchite (Archivo Histórico Nacional) figura la fundación de una Escuela de Gramática por el Ayuntamiento de Belchite (año 1757) y encomendada a los religiosos de San Agustín.
El 20 de noviembre de 1757 se llegó a un acuerdo definitivo, estando reunidos don José Bernad, don Pedro Aragües, don Miguel Escobar, don Tomás Pérez, Tomás Teresa, Salvador Serrano, Salvador Zaldivar y Francisco Teresa “… todos Alcaldes Regidores sindico procurador y Ayuntamiento de esta Villa de Belchite estando juntos en forma de tal en el puesto acostumbrado y destinado para tratar y conferir las cosas tocantes y pertenecientes a dcho. Ayuntamiento…”
También se manifestó que el asunto había sido tratado en el Consejo General y “treintena” que se celebró en el mes de junio, en el día y fiesta de San Juan, resaltando la necesidad que había de una Escuela de Gramática “… y lo importante que era para el común que se abriese como antes la había y que por la cesación de pago y salario a el Maestro se habia cerrado…” También se resolvió la forma de pago. Como el salario del Maestro y Organista era de 150 libras jaquesas, de las cuales 100 le correspondían como Maestro de niños y las pagaba “el propio de el comun” se convino que estas 100 quedasen reducidas a 70 y las 30 de diferencia se abonasen al futuro Maestro de Gramática.
Además de las 18 libras jaquesas que los propios del común daban a los regadores se rebajaban 10 para completar el salario de dicho Maestro de Gramática. Se hacía esta reducción en el salario de los regadores porque se consideraba suficiente la aportación que cada vecino les daba directamente por el riego de sus respectivas heredades y se hace constar expresamente, para evitar impugnaciones, que los regadores consienten dicha rebaja para el fin expresado.
La creación y cesión de la Escuela se hace con las siguientes condiciones: 1ª.- Que el convento no pueda pretender tener derecho sobre ella sino que funcionará mientras lo desee el Ayuntamiento. 2ª.- Que el Maestro será hábil y experimentado y, en caso contrario, el Ayuntamiento podrá anular el contrato sin tener que dar explicaciones. 3ª.- Se obliga el Ayuntamiento a abonar al Maestro de Gramática cuarenta libras jaquesas en dineros o en efectos de trigo o cebada al precio que se acostumbre en el tiempo de pago. 4ª.- Los padres de los muchachos pagarán cada mes un real de plata, si son vecinos de esta villa, y los forasteros, dos. Los pobres, en cualquier caso, tendrán enseñanza gratuita.
Fray Agustín Barratón, prior del convento, firmó la Escritura ante el notario José Pardo, siendo testigos Diego Comeche y Lamberto Miércoles, vecinos de Belchite. “Va sacado en papel de oficio o de Pobres por gozar de este privilegio la Religión Agustina. Sin derechos por Pobre. Pardos”
MARTÍN BLASCO, Julio y BARRUECO SALVADOR, Manuel (OSA).
EL CONVENTO DE SAN AGUSTÍN DE BELCHITE (Zaragoza)
Datos para su historia (1594-1994)
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